lunes, 13 de julio de 2015

El Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966


Venezuela denunció el Laudo de París de nulo e írrito, en el seno de la Organización de las Naciones Unidas y ante la Comunidad Internacional, dando lugar a un proceso de negociación cuya expresión lo constituye el Acuerdo de Ginebra.El 03OCT1899, cuando se dictó el laudo, que estableció la línea fronteriza entre Venezuela y la Guayana Británica, el Tratado de Arbitraje del 02FEB1897 constituyó el fundamento jurídico para esta sentencia de límites. En estas circunstancias, el Tratado del 17FEB1966, conocido como el Acuerdo de Ginebra, constituye el instrumento que regula nuestra reclamación de soberanía en la Guayana Esequiba; reiterada el 26MAY1966 con la reserva expresa de nuestros derechos sobre toda la zona que se encuentra a la margen izquierda del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico.
Por su naturaleza, es el Tratado de mayor importancia política celebrado entre Venezuela, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la República Cooperativa de Guyana, por cuanto se conviene en revisar, discutir y buscar soluciones satisfactorias a una controversia que afecta el territorio y la soberanía de Venezuela y Guyana. En estricto derecho, el Acuerdo de Ginebra no invalida el Laudo de 1899; pero lo cuestiona y acepta la inconformidad venezolana cuando registra la contención de que el Laudo Arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es nulo e írrito. En la misma fecha que el Parlamento de Guayana Británica aprobó el Acuerdo de Ginebra, el 29ABR1966, la Cámara de los Comunes aprobó el Proyecto de Constitución que otorgaba la independencia a la Colonia de la Guayana Británica; hecho que ratificó el compromiso adquirido por los Gobiernos del Reino Unido y de la Colonia de la Guayana Británica, de que el nuevo Estado independiente estaría obligado a dar cumplimiento a lo establecido en el mencionado Acuerdo.
El compromiso adquirido en el Tratado del 02FEB1897 obligó a Venezuela y al Reino Unido a someter la controversia limítrofe a un Arbitraje; y acatar su decisión. Ese Tratado no obliga expresamente a Guyana, pero la habilitó para recibir un área física territorial, donde está incluida la Guayana Esequiba. El Tratado del 17FEB1966 (Venezuela, Reino Unido y Guyana), al contrario del Tratado del 02FEB1897 si obliga a Guyana; ella forma parte como consecuencia de la Resolución del Comité Político Especial de las Naciones Unidas, convenida por las Partes el 16NOV1962; y lo expresado en el Artículo VIII del mismo Tratado, el cual enajena la soberanía del territorio heredado del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
El Acuerdo de Ginebra está registrado en la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas bajo el Nº 8192 (1966), fue distribuido como documento de la Asamblea General el 03MAY1966 bajo las siglas A/6325; y el Secretario General aceptó las funciones derivadas de él, mediante comunicación del 04ABR1966:
"He tomado nota de las obligaciones que eventualmente pueden recaer en el Secretario General de las Naciones Unidas en virtud del párrafo 2 del artículo IV del Acuerdo, y me complace informarle que dichas funciones son de tal naturaleza que pueden ser desempeñadas apropiadamente por el Secretario General de las Naciones Unidas."

Debemos tener presente, ante las expectativas generadas por la instancia del Secretario General, que su rol está limitado a señalar los medios de solución pacífica de la controversia, señalados en el artículo 33 de la Carta de la O.N.U., hasta que ambas Partes lleguen a un acuerdo mutuamente aceptable. (Negociación, investigación, mediación, conciliación, arbitraje, arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales; u otros medios pacíficos de su elección).
A los fines del usufructo de los recursos y de otros derechos relacionados con el territorio (Zona en Reclamación), las previsiones del Acuerdo de Ginebra no objetan la autoridad guyanesa sobre el Territorio Esequibo; pero el párrafo 2 del artículo V establece la salvaguarda de los derechos de soberanía venezolanos, cuando señala: 
"Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial, en los territorios de Venezuela o la Guayana Británica, ni para crear derechos de soberanía en dichos territorios ..."
Hasta el presente, se han cumplido cuatro etapas del procedimiento establecido en el Acuerdo de Ginebra para la solución de la controversia, a saber: 
a) Las negociaciones conducidas por la Comisión Mixta.b) Los Gobiernos trataron de llegar a un acuerdo sobre la elección de uno de los medios de soluciones pacíficas previstos en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas.
c) Vencidos los tres meses siguientes a la recepción del informe final de la Comisión Mixta, los Gobiernos no lograron ponerse de acuerdo sobre el procedimiento para solucionar la controversia, ni sobre la escogencia de un órgano internacional, al cual referir la decisión de escoger los medios de solución.
d) Por falta de acuerdo sobre la elección de un órgano internacional, apropiado para escoger los medios de solución, el asunto fue referido al Secretario General de las Naciones Unidas.

Actualmente esta cumpliéndose lo previsto en el párrafo 2 del artículo IV; la decisión sobre los medios de solución fue referida y aceptada por el Secretario General de la O.N.U. el 31MAR1983; quien luego de nombrar al Dr. Diego Cordovez como representante personal, optó por el Método de los Buenos Oficios, en consulta con los Gobiernos de Venezuela y Guyana (06ABR1987); habiendo designado como Buen Oficiante al ciudadano granadino Alister McIntyre (11NOV1989). Este proceso fue respaldado y ratificado por ambos Gobiernos el 31MAR1999 y será abordado mas adelante como un tema especial. A pesar de que no se ha logrado obtener lo sustantivo de las aspiraciones venezolanas en la controversia territorial, se ha logrado avanzar significativamente en la búsqueda de la solución de la misma; ello se aprecia en la evidente flexibilización de las actitudes de las Partes y la amplia libertad como este tema es debatido a nivel de opinión pública en ambos países.

Cuando el Gobierno Nacional suscribió el Acuerdo y en la oportunidad que el Congreso Nacional lo discutió e hizo ley, ambos poderes estaban advertidos de que el Acuerdo, al mantener vigente la contención venezolana sobre el laudo que estableció la frontera con la Guayana Británica, también planteaba expresamente la obligación de las tres Altas Partes para resolver amistosamente, y en forma que resulte aceptable para ambas partes, la controversia entre Venezuela y el Reino Unido sobre la frontera con Guayana Británica.
Ese aspecto, al principio, no fue manejado convenientemente, cuando una de las partes lo condicionó a la demostración de la invalidez del laudo o cuando se creó la expectativa de que el Acuerdo de Ginebra permitiría la recuperación total de la superficie reclamada. Desde el punto de vista político, ese manejo dificulta y obstruye la necesaria amplitud con la cual debe estar investido todo proceso de negociación. Es necesario enfatizar que el objeto principal del Acuerdo de Ginebra es buscar  soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia, surgida como consecuencia de la contención venezolana de que el Laudo Arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica es nulo e írrito.
Presentación
esequibo























Advertidos de que los asuntos fronterizos, límites y soberanía territorial estan influenciados, inevitablemente, por aspectos subjetivos que le hacen altamente sensibles y apasionados; nos hemos atrevido a revisar una etapa triste de nuestra vida republicana, estimulados por la actual coyuntura histórica de una mundología, donde la participación y la expresión tienen una marcada tolerancia y aceptación. 

Ahora cuando el siglo XXI nos permite decantar una gran cantidad de prejuicios, aspectos inmorales e injustos que signaron las Relaciones Internacionales de los siglos precedentes; consideramos un deber y una responsabilidad, reiterar ante la Comunidad Internacional los derechos que asisten la reivindicación de soberanía venezolana sobre el Territorio Esequibo.
Respetuosos como hemos sido del Derecho Internacional y apegados a nuestra tradición histórica de que, la solución pacífica a las controversias internacionales es la mejor forma de convivir en un ambiente de coincidencias y de intereses nacionales contrapuestos, reiteramos nuestro compromiso con el Acuerdo de Ginebra; y lejos de considerar a Guyana como un enemigo, ratificamos el empeño de construír conjuntamente un mundo donde prevalezcan la confraternidad y cooperación sobre el recelo o la desconfianza.
Evitamos la tentación de modificar los hechos o de alterar los escenarios para construir verdades convenientes, y estamos conscientes de que en algunas actuaciones y en algunos hechos, encontramos aspectos que desfavorecen o debilitan las aspiraciones y reivindicaciones nacionales. Ello no deberiamos negarlo ni evadirlo, al contrario, debemos afrontarlos con serenidad para poder neutralizarlas y superarlas.
Estimulados por una reivindicación justa y animados por la seriedad de una investigación académica, hemos recopilado y presentamos una selección referencial de los aspectos mas importantes que definen y sustentan los derechos venezolanos de soberanía en el Esequibo.

Exposición al Congreso Nacional del Doctor Ignacio Iribarren Borges, Ministro de Relaciones Exteriores, sobre el Acuerdo de Ginebra el 17 de Marzo de 1996
RECHAZO UNILATERAL DEL LAUDOLa actitud del Gobierno y el pueblo de Venezuela, ante el arbritario Laudo del 3 de Octubre de 1899, que pretendió fijar la frontera entre nuestro país y la Guayana Británica, es de ustedes ampliamente conocida.

La Cancillería venezolana, luego de conocer los vicios de fondo y forma que afectaron aquella desición llegó al convencimiento de que podía en derecho invocar su invalidez.  Las dolorosas circunstancias políticas, económicas y militares por las que atravesó en aquella época nuestra patria impidieron al Gobierno Nacional llevar hasta sus últimas consecuencias el rechazo categórico de aquella  sentencia.
Con el ocaso de la época colonialista, renació la esperanza de que algún día sería reparada la injusticia de que habíamos sido víctimas.
Durante largos años, esa esperanza fue impregnando las declaraciones cada vez más claras y categóricas del Estado venezolano frente a aquel Laudo arbitrario.  Sin embargo, por más sólida y convincente que era la argumentación venezolana, el Reino Unido se negaba a entrar en discusiones que tuvieran por objeto la revisión de un Laudo que él consideraba intangible
COMIENZOS DE LA NEGOCIACIÓN BILATERAL
No salimos del plano unilateral de nuestra reclamación, hasta que en noviembre de 1962, mi predecesor en la Cancillería, el doctor Marcos  Falcón Briceño, después de plantear, en exposición amplia y bien razonada nuestra tesis ante el Comité Político Especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas, logró concertar un acuerdo con Gran Bretaña para realizar un exámen tripartito de la documentación relativa al problema.  Este acuerdo quedó consignado en la Declaración del Presidente del Comité Político Especial, el 16 de noviembre del mismo año.
Es innegable el valor trascendental de ese acuerdo, por cuanto representa el punto de partida de un largo proceso de carácter bilateral que conducirá indefectiblemente a la revisión del llamado Laudo de 1899.
Sin embargo, justo es que nos detengamos a observar cuál es la posición británica en el momento en que acuerda conversar con Venezuela sobre la cuestión.
El representante del Reino Unido, señor, C. T. Crowe, luego de intentar una refutación de los puntos de vista expuestos por el Canciller de Venezuela, se expresó en los siguientes términos:
“Espero haber convencido a los miembros de la Comisión de que si se respetan el Derecho Internacional y los acuerdos libremente concertados, la cuestión fronteriza entre Guayana Británica y Venezuela no debería haber sido traída a consideración de las Naciones Unidas”

Y luego de referirse al examen que ya habían realizado los expertos británicos de la documentación sobre el problema, examen que, a juicio del Reino Unido, conducía a la conclusión de que no se justificaba reabrir la cuestión, concluyó:

“Por lo tanto, estoy autorizado a decir que mi Gobierno, con pleno consentimiento del de la Guayana Británica, está dispuesto a tratar con el Gobierno de Venezuela, por los conductos diplomáticos correspondientes, los arreglos para un exámen tripartito, o sea, de Venezuela, Guayana Británica y Reino Unido, del voluminoso material documental pertinente a esta cuestión.”

Tal fue la oferta británica que aceptada por Venezuela condujo al Acuerdo sobre el exámen de la documentación relativa al llamado Laudo de 1899.

Alguien podrá preguntar por qué Venezuela aceptó que tomara parte en las conversaciones el Gobierno de Guayana Británica, no siendo todavía independiente.
Conviene observar que las conversaciones se habían de tener entre Venezuela y el Reino Unido en consulta con el de la Guayana Británica, y, por consiguiente, la participación del Gobierno de Georgetown nunca se equiparará a la de los dos países soberanos sujetos de la controversia. Por otra parte, nuestro Gobierno, por su indeclinable posición anticolonialista, fue siempre favorable a la presencia de la colonia en discusiones que afectaban a su ámbito territorial. Nuestra diplomacia iba a actuar limpiamente, y, por consiguiente, nada podía temer de la participación de los representantes de la colonia.  Cuando los diplomáticos recurren a turbios manejos, procuran hacerlos, como lo experimentó en carne propia nuestro país en el Tribunal Arbitral de 1899,a espaldas de los pueblos, sean éstos libres o independientes.
Deseo subrayar el hecho que es desde 1962, o sea desde los propios orígenes del proceso diplomático que ha conducido al Acuerdo de Ginebra, cuando nuestras conversaciones han tenido un carácter tripartito en la forma explicada en el párrafo anterior.
Antes de pasar adelante conviene recordar que el acuerdo concertado en el seno de las Naciones Unidas en 1962, tenía por objeto el examen de los documentos, sin que en manera alguna aceptara Gran Bretaña entrar al fondo del problema: la revisión de la sentencia del Tribunal de 1899. El señor Crowe expresó este punto de vista con meridiana claridad en la mencionada intervención:
“Al hacer esta oferta, quiero indicar con toda claridad que no es en forma alguna una oferta de pasar a conversar sobre el fondo de la revisión fronteriza.  Eso no podemos hacerlo puesto que consideramos que no estaría justificado.”

Termino por observar que como dicho acuerdo no especificaba claramente el nivel en el que se tendrían las conversaciones, el Reino Unido trató desde el comienzo de minimizarla.  Fue, por consiguiente, propósito del Gobierno venezolano conducir la negociación en el más alto nivel gubernamental y llevarla hasta la revisión de la sentencia del Tribunal.

Para cumplir estos objetivos, fue preciso quebrar la obvia resistencia del Gobierno británico. Ya en Marzo de 1963, Gran Bretaña intentó reducir las conversaciones al nivel de una discusión académica entre expertos, pero Venezuela expresó claramente su criterio que en manera alguna entraría en esas conversaciones mientras el Reino Unido no se comprometiera de antemano a discutir la cuestión a nivel de ministros contra las advertencias de quienes vaticinaban que el Foreign Office nunca entraría en semejante compromiso, Venezuela continuó presionando hasta que obtuvo la aceptación por parte de Gran Bretaña de que las discusiones se tendrían en dos fases: primera a nivel de expertos, y segunda a alto nivel ministerial.
No podía la Gran Bretaña abrigar duda alguna acerca de la firmeza de la reclamación de Venezuela. El Presidente de la República, señor Rómulo Betancourt, en su Mensaje al Congreso Nacional, el 2 de Marzo de 1962, había declarado:
“El diferendo entre la débil Venezuela y la arrogante Albión de los días de la Reina Victoria, fue resuelto en un inicuo e inaceptable, y siempre inaceptado por Venezuela, Laudo pronunciado por el tribunal político y no de derecho, en sentencia del 3 de Octubre de 1899.  Jamás Venezuela ha admitido ni admitirá que tan extensa porción de territorio legítimamente suyo deje de estar encuadrado dentro de su geografía.”
PRIMERA CONFERENCIA DE LONDRES
La primera reunión de Ministros tuvo lugar en Londres en noviembre de 1963. Encabezaban las delegaciones venezolana y británica, el doctor Marcos Falcón Briceño y el Honorable R. A. Butler, respectivamente. Por la Guayana Británica estuvo presente el Gobernador Sir Ralph Grey. En esa ocasión, Venezuela llevó la discusión al fondo de la cuestión al presentar sus puntos de vista en un Aide-Memoire, fechado el 5 de Noviembre, en el que, luego de sintetizar los argumentos por los que Venezuela rechaza el llamado Laudo de 1899, termina con la siguiente categórica posición:
“La verdad histórica y la justicia exígen que Venezuela reclame la total devolución del territorio del cual se ha visto desposeída, y a este respecto, cuenta confiadamente con la buena voluntad y la cooperación del Gobierno de Su Majestad.”

Por su parte Gran Bretaña reiteró el criterio ya citado de su Representante el señor C. T. Crowe, en el sentido de que rechazaba los argumentos venezolanos y consideraba intangible el Laudo de 1899 como “arreglo pleno, final y definitivo”. Estas dos posiciones se han mantenido paralelamente a lo largo de la presente negociación hasta la sesión inaugural de la Conferencia de Ginebra.

Un avance a favor de Venezuela se observa en la mencionada reunión de Londres de noviembre de 1963, según el Comunicado Conjunto de la misma. En efecto, luego de referirse a los informes que los expertos habían de presentar a sus respectivos gobiernos, dice así: “Estos informes servirán de base para ulteriores discusiones entre los Gobiernos”. Por consiguiente, al no calificar esas discusiones, nos permitía sostener que las conversaciones a nivel de gobierno iban a tener por objeto la discusión del fondo de la cuestión.
Que así lo entendía Venezuela con decidida voluntad de recuperar el territorio que en derecho le pertenece, se desprende de las palabras del entonces Presidente de la República, Sr. Romulo Betancourt, quien en su Mensaje al Congreso Nacional, el 7 de Marzo de 1964, al dar cuenta de las conversaciones que se habían celebrado en Londres, dijo:
“Las negociaciones han continuado y, en bien de la República y para reparar una injusticia que se le hizo a Venezuela, deberán ser continuadas.  El remate de éllas debe ser la reincorporación al territorio nacional de una zona que desde  un punto de vista jurídico-histórico, jamás dejó de pertenecer a Venezuela.  Y no es añadidura ociosa ratificar que esta reclamación de Venezuela sobre una zona del territorio que es legítimamente suya, en nada afecta ni entorpece las aspiraciones del pueblo de Guayana Británica a su independencia, que tiene la simpatía de la nación venezolana, cuya posición anti colonial data de los días en que élla misma insurgió como nación soberana, sacudiéndose tutelas foráneas.”

Cumplida la primera fase de las discusiones entre los expertos de Venezuela y Gran Bretaña, con la participación de los de Guayana Británica, en la primera mitad de 1964, e intercambiados los informes de los mismos el 3 de agosto de 1965, se iniciaron las negociaciones para la reunión ministerial que tuvo lugar en diciembre de 1965 en la ciudad de Londres.

Durante ese lapso, la Cancillería reiteró en diversas ocasiones su criterio sobre la nulidad del llamado Laudo de 1899, que había una controversia que amenazaba las mútuas relaciones entre nuestro país y el Reino Unido y la Guayana Británica, y que las conversaciones ministeriales habían de entrar a la discusión del fondo del problema. Así se salió del paso de repetidas declaraciones de los Primeros Ministros de Guayana Británica, los señores Jagan y Burnham, en el sentido de que no estaban dispuestos a discusión alguna sobre la línea del Laudo, pues no reconocían el conflicto fronterizo por considerarlo solucionado en 1899. Por su parte, la Cancillería venezolana, consecuente con su reclamación de la Guayana Esequiba, protestó unas supuestas concesiones del Gobierno de Guayana Británica para la explotación de petróleo en el territorio al oeste del río Esequibo.
Consecuente con la posición venezolana respecto de la nulidad del llamado Laudo de 1899, la Cancillería adoptó varias iniciativas, entre ellas la edición del mapa de la República con indicación “de la Zona en Reclamación”, y la emisión de estampillas postales alisivas a la controversia.
Estas medidas fueron protestadas por el Gobierno británico, mientras reiteraba su posición sobre la intangibilidad del mencionado Laudo. Así, en Nota del 4 de Marzo de 1965, referente a aquel mapa se expresaba:
“La Embajada ha recibido instrucciones de establecer que el Gobierno de Su Majestad no puede aceptar la demarcación del Gobierno Venezolano de la frontera ni de cualquier otro objeto que haga recaer dudas sobre la soberanía del Gobierno de Su Majestad en dicha zona de Guayana Británica.  El Gobierno de Su Majestad no duda de su soberanía sobre ese territorio y se reserva sus derechos en este asunto”.

En respuesta reafirmamos el criterio de que:

“el mapa en cuestión, publicado por la Dirección de Cartografía Nacional, del Ministerio de Obras Públicas, viene a ser una expresión gráfica de reiteradas declaraciones formuladas públicamente por la Cancillería de Venezuela, las cuales son perfectamente conocidas del Gobierno británico, en el sentido de que el llamado Laudo del 3 de Octubre de 1899, carece de validez, y, por lo tanto, Venezuela se reserva sus derechos al territorio guayanés del cual fue injustamente desposeída.”

La posición británica, en vísperas del canje de los informes de los expertos, o sea, el 2 de agosto de 1965, fue explicada al Parlamento por Mr. Padley, Secretario Parlamentario del Foreing Office.

“La frontera entre Venezuela y la Guayana Británica fue determinada por medio del Tribunal Arbitral de 1899, de acuerdo con los términos del Tratado firmado el año 1897 entre el Reino Unido y Venezuela.  Bajo el Artículo XIII de este Tratado, ambas partes se comprometían a aceptar el Laudo Arbitral como un arreglo pleno, perfecto y definitivo.  El Gobierno venezolano alega que el Laudo de 1899 es inválido, y en mayo de 1962 informó al Gobierno de Su Majestad de su intención de reclamar parte de Guayana Británica. Cuando el asunto surgió en las Naciones Unidas más tarde, el Representante del Reino Unido insistió en que el asunto era “res-judicata” y ofreció proceder a un examen del material de documentación que se refería al laudo, de modo de satisfacer a los venezolanos de que no habían sido víctimas de una injusticia.  Este examen de los documentos ha sido completado ahora y los resultados deben ser revisados de nuevo por los gobiernos.  Permanece igual la posición del Gobierno de Su Majestad, que todo el asunto fue solucionado de una vez por todas, por medio del Tribunal Arbitral de 1899.  Esta tambíén es la posición del Gobierno de Guayana Británica.”

El canje de los informes de los expertos se produjo el 3 de agosto de 1965. Al presentar al Gobierno Británico el informe de los expertos venezolanos, el Embajador en Londres expresó la complacencia de que Venezuela “por la felíz terminación de la fase de estudios técnicos”, y en Nota del 7 de septiembre expuso cómo continuaba siendo inamobible la tradicional posición de Venezuela.

“La posición venezolana respecto del problema está fijada con toda claridad.  Ha declarado no reconocer el Laudo Arbitral de 1899 como arreglo final y definitivo de su controversia con el Reino Unido y planteó al Honorable Gobierno de Su Majestad el deseo de considerar, con ánimo desprevenido, la rectificación de la injusticia de que fue víctima Venezuela, en una hora infortunada que nuestro pueblo no puede olvidar, y se llegue a una solución que tome en cuenta los intereses legítimos de nuestro país y los de la población de la Guayana Británica.”

Por su parte, el Gobierno británico respondió a esta Nota y a la del 03 de agosto, reafirmando, una vez mas, la posición inicial que había adoptado en 1962, al reproducir las palabras de su Representante en el Comité Político Especial, antes citadas, en el sentido de que el ofrecimiento para examinar los documentos “no era en manera alguna una oferta para entrar en conversaciones de fondo sobre la revisión de la frontera”, sino “para disipar cualesquiera dudas que el Gobierno venezolano pudiera aún tener acerca de la validez o justicia del Laudo.”

Era evidente que Gran Bretaña se mostraba renuente a entrar en discusiones de fondo sobre tan grave asunto. Aparentemente seguía calificando de infundada la reclamación venezolana y estaba sólo dispuesta a una discusión puramente académica que no podía conducir a ningún arreglo del viejo problema. Fue necesario que con expresas instrucciones del Ciudadano Presidente de la República, Doctor Raúl Leoni, me dirigiera al país por cadena de radio y televisión, el 16 de septiembre de 1965, para declarar categóricamente que, “si Venezuela emprendió el camino diplomático, no fue para quedar satisfecha con discusiones puramente académicas.” Y agregué: “de poca seriedad se acusaría con razón a nuestro Gobierno, si en asunto de tan grave trascendencia, como es la usurpación de 150.000 km2 de territorio nacional, admitiera entretenerse en estériles debates librescos, en interpretaciones semánticas de viejos textos.”
Quedó, pues, clara nuestra posición de que no ibamos a ir a una conferencia ministerial a ocuparnos de discusiones que no tuvieran por objeto el fondo del problema: la revisión del llamado Laudo de 1899.
LA INDEPENDENCIA DE GUAYANA BRITÁNICA
Antes de seguir adelante sobre el tema que estoy desarrollando de las posiciones antitéticas de Venezuela y el Reino Unido respecto de la controversia debo referirme al hecho, por muchos aspectos feliz, de la próxima independencia de Guayana Británica.
La Cancillería desde hace muchos años venía advirtiendo la proximidad de ese acontecimiento, si bien esas previsiones no se vieron antes cumplidas por razones de orden interno y externo que afectaban a la actual colonia. Era a todas luces evidente que nuestra tradicional reclamación debía recibir un creciente impulso conforme se fuera aproximando aquella fecha, dado que convenía dejar muy en claro que nuestra controversia con el Reino Unido, causante del problema fronterizo, no había de terminarse con la independencia de Guayana Británica a no ser por una solución satisfactoria para Venezuela. En este sentido, la Cancillería ha emitido formulaciones claras en relación con la controversia territorial.
Repetidas veces se ha reafirmado el principio de que cualquier cambio de status en la colonia de Guayana Británica, no afectará a la reclamación territorial venezolana.
Además, por iniciativa de Venezuela y de otros países, se incluyó en el Acta de Washington, aprobada por la Primera Conferencia Extraordinaria Interamericana celebrada en diciembre de 1964, lo siguiente:
“El Consejo de la Organización no tomará ninguna decisión sobre una solicitud de admisión presentada por una entidad política cuyo territorio esté sujeto, total o parcialmente y con anterioridad a la fecha de esta Resolución, a litigio o reclamación entre un país extra continental y uno o más Estados Miembros de los Estados Américanos, hasta que se haya puesto fin a la controversia mediante un procedimiento pacífico.”

También hemos sostenido el principio de que nuestra cuestión guayanesa implica un problema de territorio ocupado por una potencia ajena, en violación del Párrafo Sexto de la Resolución 1514 (XV) de las Naciones Unidas:

“Toda tentativa conducente a una desintegración total o parcial de la Unidad Nacional o la Integridad Territorial de un país es incompatible con los objetivos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.”

En este sentido formulé una expresa declaración ante las Naciones Unidas el día 6 de octubre de 1965:

“No pueden estos territorios escapar a la acción rectificadora de la historia. Pero debemos insistir, como se ha hecho en las diversas resoluciones adoptadas por las Conferencias Interamericanas, en la distinción entre colonias y territorios ocupados. Si aquellas deben obtener la independencia mediante la aplicación del principio de la autodeterminación, estos territorios coloniales que han sido arrebatados a otros Estados, no pueden tener otra forma de descolonizarse que la reintegración al Estado del cual han sido desmembrados. De no hacerse tal distinción sería admitir que se puede deformar el principio de la autodeterminación con el fin de consagrar una situación de hecho en la ignorancia del principio fundamental del respeto a la integridad territorial de los Estados.”

Con ocasión de la Conferencia celebrada en Londres en noviembre de 1965, sobre la independencia de Guayana Británica, dirigí al Gobierno británico una Nota con fecha 03 de noviembre, en la cual expresé lo siguiente:

“Mi Gobierno desea dejar constancia de que consideraría un acto inamistoso de parte del Gobierno de Su Majestad si se acordara sin reservas un traspaso de soberanía sobre el territorio reclamado por Venezuela, traspaso que no podría generar más derechos que los que posee legítímamente el Gobierno que los cede.”
SEGUNDA CONFERENCIA DE LONDRES
De lo expuesto anteriormente se comprende como estaba el Gobierno de Venezuela interesado en que la Agenda que había de regir las conversaciones de Londres recogiera sus puntos de vista sobre el objeto de las discusiones y la naturaleza de las mismas. Tras largas negociaciones llevadas a cabo por nuestro Embajador en Londres, en los meses de octubre a diciembre de 1965, se vino a acordar una Agenda que significó un considerable avance a favor de nuestros puntos de vista.
En efecto, ya en el título que define la naturaleza de las conversaciones, se establce que estas tienen por objeto “la controversia entre Venezuela y el Reino Unido”.
Esta admisión de que existe una controversia “sobre la Guayana Británica” se reafirma al admitirse en el Punto Primero “la necesidad de resolver la disputa”.
Mas aún para disipar cualquier duda sobre la naturaleza de las conversaciones que no podían ya reducirse al examen acádemico de documentos, se estipuló en el Punto Segundo, de la Agenda que se iba a “buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia que ha surgido como resultado de la contención venezolana de que el Laudo de 1899 es nulo e írrito.”
Todavía más reforzando esta interpretación se contempla en el Punto Cuarto la “determinación de los plazos” para las soluciones a que se llegare.
A nadie puede escapar el hecho de que la posición británica de los comienzos de este proceso en 1962  había ya cambiado notablemente. Lo acordado en la Agenda distaba en gran medida de aquella primera oferta formulada por su representante Señor Crowe, en el sentido de que estaban dispuestos unicamente a examinar los documentos relativos al Laudo de 1899.
En conformidad con la mencionada Agenda fuimos a Londres a discutir con el Ministro de Relaciones Exteriores de Gran Bretaña, el Honorable  Michael Stewart, y el Primer Ministro de Guayana Británica, el Honorable Forbes Burnham, sobre la presente controversia, y a tratar de buscarle una solución satisfactoria. Nuestras reuniones se tuvieron los días 9 y 10 de diciembre de 1965.
Al iniciarse la primera sesión expuse el criterio del Gobierno venezolano sobre el Informe de los Expertos Británicos:
“El Gobierno de Venezuela ha examinado cuidadosamente el Informe de los Expertos británicos, y ha llegado al firme convencimiento de que sus conclusiones son totalmente inaceptables.”

Más adelante agregué:

“Los vicios de fondo y la forma del informe de los Expertos británicos han sorprendido al Gobierno venezolano. Aquellos son tales que bien justifican la expresión de Vuestra Excelencia en su Nota AV1081/75, del 3 de agosto de 1965, de que dicho informe “no representa necesariamente la reflexiva opinión del Gobierno de Su Majestad Británica acerca de ninguna de los puntos en discusión.”

Pasé a enumerar algunos de esos vicios de fondo y forma, y concluí:

“Lejos de haber persuadido a mi Gobierno de que su reclamación carece de fundamento, el informe de los Expertos británicos le ha convencido de la firmeza inconmovible de su posición.”

Terminé afirmando:

“El Gobierno de Venezuela está convencido que la solución satisfactoria del problema fronterizo con Guayana Británica consiste en la devolución del territorio que en derecho le pertenece. En consecuencia considera que debe acordarse la fijación de la frontera legítima entre Venezuela y Guayana Británica.”

No voy a enumerar todos los incidentes de la discusión derivada del rechazo por Gran Bretaña de esa primera propuesta de solución formulada por Venezuela, a la que se contestó con una contrapropuesta para que Venezuela con un “acto de gran calidad de estadista y coraje”, renunciara a su reclamación. Formulé una segunda propuesta venezolana en el sentido de convenir por un período que podría discutirse, en una administración conjunta del territorio reclamado por Venezuela, previo reconocimiento de nuestra soberanía sobre el mismo. También esta fórmula vino a ser rechazada. Por último, en un esfuerzo por buscar una salida honorable al problema, presenté como tercera propuesta venezolana una fórmula que preveía la solución del problema fronterizo a través de tres etapas consecutivas con sus respectivos plazos, con la particularidad de que el proceso había de tener un final: a) Comisión Mixta; b) Mediación; c) Arbitraje Internacional.

Esta oferta vino a estrellarse contra la intransigencia de Gran Bretaña así como de Guayana Británica, las cuales empecinadas en mantener la vigencia del Laudo de 1899, rechazaban la existencia de una controversia territorial entre Venezuela y el Reino Unido sobre la frontera con Guayana Británica.
La contra propuesta británica se redujo a formular algunas ideas, calcadas en el artículo IV del Tratado sobre la Antártida, que aplicadas a nuestro problema llevarían a una solución de desarrollo económico a ambos lados de la línea del Laudo, mientras los dos países vecinos se obligarían a no presionar durante treinta años sus respectivas reclamaciones. Al mismo tiempo se insistían en que no quedaba otra alternativa que devolver la cuestión a las Naciones Unidas informando del resultado del examen de los documentos.
Después de estudiar esa propuesta, la Delegación venezolana unánime acordó rechazarla. Reabierto el debate, expuso que carecía de sentido llevar el asunto a las Naciones Unidas, pues ésta, no podrían hacer otra cosa que exhortar a las partes a continuar conversando como lo estábamos haciendo en ese momento. Sobre la propuesta inspirada en el Tratado de la Antártida declaré:
“No encuentro ninguna conexión entre el caso de la Antártica y el de nuestro problema con el Reino Unido. La Antártica no forma parte de la unidad nacional o territorial de varios Estados signatarios de ese Tratado como es el caso de la Gran Bretaña. En cambio, el problema de Venezuela con el Reino Unido en relación con la Guayana Británica se refiere a un territorio que forma parte del territorio venezolano. Está situado en el límite mismo de la Guayana Británica con Venezuela, no se trata de un territorio de ultramar. Por consiguiente, este problema no puede ser resuelto de la manera del Tratado sobre la Antártica; es un problema que de no encontrársele una solución satisfactoria, continuará siendo causa de fricciones entre Venezuela y la Gran Bretaña y la Guayana Británica.”

Advertí que Venezuela no podía aceptar que se intentara soslayar el problema jurídico – político de la cuestión fronteriza, para reducirse unicamente a tratar de resover el problema económico del subdesarrollo de Guayana Esequiba, del cual era precisamente responsable la Gran Bretaña. La posición de Venezuela quedó claramente expresada en los siguientes términos:

“Para terminar quiero dejar muy claro que Venezuela ha venido a esta mesa de Conferencia con la mejor buena voluntad, la que ha quedado suficientemente demostrada con las proposiciones que ha formulado, especialmente la última que sometí ayer; que esa buena voluntad de Venezuela no debe ser confundida con debilidad o duda de su firme posición. Venezuela continuará su reclamación con toda firmeza; el territorio venezolano llega hasta el Esequibo. Todo lo que se ha actuado y decidido y que trajo como consecuencia el despojo que sufrimos, no lo acepta mi país.”

A simple vista se podría apreciar la imposibilidad de agotar el estudio de las proposiciones en el medio día que restaba a la conferencia. Pero habiendo rechazado una propuesta británica para continuar las discusiones con Lord Walston, cuando éste visitara a Caracas en enero de 1966, convinimos en celebrar una nueva reunión de la misma Conferencia Ministerial en la ciudad de Ginebra, en el mes de febrero próximo, según vino a ser expresado en el Comunicado Conjunto de la Conferencia de Londres, emitido el día 10 de diciembre de 1965.

Se ha de advertir que este documento, Gran Bretaña y Guayana Británica reconocen que la controversia “amenaza quebrantar las tradicionalmente cordiales relaciones entre Venezuela, por una parte, y el Reino Unido y la Guayana Británica por otra”. Además, al eliminarse en la Agenda para la Conferencia de Ginebra el examen de los documentos, se centró la discusión plenamente en la búsqueda de “soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia.”
LA CONFERENCIA DE GINEBRA
En el mes de enero visitó a Venezuela el Sub – Secretario Parlamentario de Relaciones Exteriores, Lord Walston. En respuesta a preguntas de los periodistas, declaró acerca de la posición que Gran Bretaña iba a adoptar en la Conferencia de Ginebra:
“Será cordial y receptiva, y discutiremos el problema a la altura diplomática y puede estar seguro de que dicha reunión, o en otras posteriores, habrá una decisión sobre este asunto”. (El Universal, 11-1-1966).

Ahora bien, habiendo publicado la prensa, como declaraciones del mismo Lord Walston y de otros altos funcionarios, que en la Conferencia de Ginebra se iba a tratar de la ayuda económica a Guayana Británica pero que no se había de discutir el reclamo venezolano, el día 4 de febrero, por instrucciones del Presidente de la República, recibí en mi despacho al Embajador británico para expresarle que la Cancillería veía con preocupación aquellas declaraciones, pues se hallaban en contradicción con el compromiso contraído por su país de acuerdo con la Agenda firmada en Londres el 1º de diciembre y el Comunicado Conjunto del día 10 del mismo mes y año. Al final de nuestra entrevista entregué por escrito al Embajador lo siguiente:

“El Gobierno de Venezuela estima necesario solicitar una explicación del Gobierno de Su Majestad Británica, en el sentido de que en Ginebra se discutirán los puntos acordados en la Agenda que incluye en su título y bajo el número dos, la reclamación territorial venezolana y la búsqueda de soluciones prácticas para resolverla. De lo contrario el Gobierno venezolano se verá obligado a reconsiderar su asistencia a dicha reunión los días 16 y 17 de febrero.”

El día 8 de febrero me visitó el Embajador británico con el objeto de informarme que:

“El Subsecretario de Estado Parlamentario de Relaciones Exteriores británico ha sido mal interpretado. Ni Lord Walston ni ningún otro Representante del Gobierno de Su Majestad han formulado la declaración citada en el primer aparte del memorándum venezolano del 4 de febrero. Por lo que respecta al Gobierno de Su Majestad, la Agenda para la Reunión de Ginebra permanece igual de acuerdo a lo convenido en el Comunicado Conjunto del 10 de diciembre de 1965, se anexa una copia del mismo como referencia.”

Era evidente que la firmeza mostrada por la Cancillería estaba dando buenos resultados. Nos asistía el respaldo unánime de la Nación expresado en acuerdos emitidos por el Congreso Nacional, centenares de Consejos Municipales, todas las organizaciones políticas, corporaciones tan diversas como la Acádemia Nacional de la Historia, la Biblioteca del Archivo Nacional, colegios profesionales, la Asociación Venezolana de Educación Católica, los sectores empresariales, sindicatos obreros o campesinos, la Federación Venezolana de Maestros, agrupaciones estudiantiles y particularmente la Comisión Nacional Pro – Guayana Esequiba.

Con palabras certeras calificó este momento nacional el Señor Presidente de la República, Doctor Raúl Leoni, cuando en su Mensaje de Año Nuevo, el 1º de enero del corriente año, señaló:
“Ya no somos un país económicamente debil, desgarrado por la lucha de facciones, apenas convaleciente de los dolorosos estragos de largas y cruentas guerras fraticidas e impotente para defenderse de actos de agresión. En esta nueva Venezuela se ha formado una conciencia nacional en torno a la justicia de nuestra reclamación. Sin abandonar nuestra indeclinable posición favorable a la pacífica y amistosa solución de las diferencias entre naciones, estamos dispuestos a hacer valer todos nuestros recursos para la buena defensa de nuestros derechos territoriales.”

A las impresionantes manifestaciones nacionales de apoyo a nuestra justa reclamación, se agregó el respaldo de los pueblos amigos. Así he de manifestar la honda satisfacción que experimentamos al conocer la declaración del Senado de Colombia fechada el 12 de enero de 1966, la de la Cámara de Representantes del mismo país, del día 18 del mismo mes y año. La Resolución de la Asamblea Nacional de Panamá, fechada el 24 de enero de 1966. Tales manifestaciones de apoyo por parte de los Cuerpos Legislativos de Colombia y Panamá comprometen la gratitud del Gobierno y pueblo venezolanos.

Las sesiones de la Conferencia de Ginebra tuvieron lugar en el Salón VIII del Palacio de las Naciones, los días 16 y 17 de febrero. En la primera reunión, reiteré con toda claridad el criterio de Venezuela:
“Venezuela ha afirmado, y sostiene, que el Laudo Arbitral dictado en París el 3 de octubre de 1899 carece de toda válidez y nuestro país no se considera obligado a acatarlo. Esta afirmación venezolana tiene su apoyo en razones jurídica irrebatibles. Fundadas en una posición de cuya justicia estamos convencidos, la expresión de la voluntad venezolana es integral. Como prueba inequívoca de ello me acompañan representantes de las diferentes fuerzas política, tanto de las que participan activa y directamente en la gestión de gobierno, como de las que desde la oposición no vacilan en criticar la acción oficial.Todos conscientes de su deber patriótico contribuyen con su apoyo a hacer una la voluntad nacional decidida a lograr que sea reparada la injusticia de que fue objeto Venezuela, como consecuencia del Laudo Arbitral de 1899, el cual mi país considera írrito.”

Insistí en la receptividad de Venezuela respecto de la búsqueda de soluciones satisfactorias, y luego de aludir a las diversas formas de soluciones propuestas por nuestro país en la Conferencia de Londres, invité al Ministro de Relaciones Exteriores de Gran Bretaña a exponer las ulteriores consideraciones que hubiera preparado sobre las proposiciones venezolanas.

Gran Bretaña volvió a reafirmar su posición sobre la intangibilidad del Laudo, y respondiendo completamente a mi invitación, formuló una propuesta inspirada en el Tratado sobre la Antártica, la cual fue entregada a la Delegación venezolana por escrito.
Acordado un receso con el fin de que consideraramos la propuesta británica, nuestra Delegación, llegó a la conclusión de que era inaceptable para Venezuela, pues trataba de soslayar completamente el problema territorial por medio de un plan de desarrollo conjunto de las zonas a ambos lados de la línea del Laudo, mientras al mismo tiempo se proponía obligar a Venezuela a congelar durante treinta años su reclamación.
Así lo expresé categóricamente a las Delegaciones de Gran Bretaña y Guayana Británica, cuando reabierto el debate declaré textualmente:
“Debo informar a Vuestra Excelencía que después de haber considerado la propisición presentada por la Delegación británica, la Delegación venezolana la considera substancialmente inaceptable por la razón de contemplar las cuestiones que, a juicio de Venezuela son fundamentales para la solución práctica del conflicto, que es el objeto de esta Conferencia.”

En reuniones informales que, acompañados de algunos miembros de nuestra Delegación, sostuve con el Ministro británico y el Primer Ministro Burnham, manifesté mi preocupación por el estado en que se hallaban las conversaciones, dada la poca receptividad británica a afrontar el problema que era objeto de nuestra reunión. Incluso, llegué a insinuar las consecuencias que se derivarían de una posible ruptura de las conversaciones.

La Delegación venezolana no pudo ocultar su emoción cuando leí el cable del Presidente de la Asamblea Legíslativa del Estado Bolívar, Señor Roger González que acababa de recibir, en el cual se me comunicaba el contenido de la Declaración Bolívar, emitida por la Convención de Asambleas Legíslativas de los Estados y Consejos Municipales de los Territorios Federales, reunidos en Ciudad Bolívar los días 14 y 15 de febrero, con motivo del 147º Aniversario de Congreso de Angostura.
Después de varios contactos informales, nuestra Delegación optó por dejar en mesa una fórmula semejante a la tercera propuesta venezolana que había sido rechazada en Londres, con adición del recurso a la Corte Internacional de Justicia.
Las Delegaciones de Gran Bretaña y Guayana Británica, después de estudiar detenidamente esa propuesta, aunque terminaron por mostrarse receptivas, objetaron la mención específica del recurso al Arbitraje y a la Corte Internacional de Justicia.
Soslayada esta objección, sustituyendo aquella mención específica por la referencia al artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas que incluyen aquellos dos procedimientos del Arbitraje y del Recurso a la Corte Internacional de Justicia, se vió que había una posibilidad de lograr un acuerdo.
Fue, pués, sobre la base de la propuesta venezolana, como se vino a lograr el Acuerdo de Ginebra. Lejos de haber sido éste, como se había dicho maliciosamente, una imposición, o un artilugio británico que sorprendió la ingenuidad de la Delegación venezolana, que está basado en una propuesta venezolana que, rechazada terminantemente en Londres ha venido a ser aceptada en Ginebra.
Evidentemente que el Acuerdo de Ginebra no constituye la solución ideal del problema, que no es otra que la devolución a Venezuela de su territorio. No fuimos a la Ciudad del Lago Leman a dictar las condiciones de rendición del adversario poniendo en la balanza de la disputa la espada de una victoria bélica. Fuimos a buscar una solución satisfactoria a la árdua cuestión territorial. Como fruto del diálogo diplomático, y no del monólogo de los vencedores, el Acuerdo de Ginebra lleva a una nueva situación las posiciones extremas de quien exige la devolución del territorio usurpado en virtud de un Laudo nulo y la de quien argüia que no abrigando duda alguna sobre su soberanía acerca de ese territorio, no estaba dispuesto a llevar la causa a tribunal alguno.
Como solución sustancialmente venezolana, el Acuerdo de Ginebra mereció el apoyo unánime de la Delegación, la cual incluía los Delegados de tres partidos de Gobierno, tres de la oposición y un Senador del Grupo Independiente. Todos ellos respaldaron con voto emocionado la firma que con autorización del Ciudadano Presidente de la República estampé en el trascendental instrumento.
Declaración del Presidente de la Comisión Política Especial, XVII Período de Sesiones de la Asamblea General de la ONU, el 16 de noviembre de 1962
La Comisión ha escuchado las exposiciones del Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela y del Representante del Reino Unido en las cuales han fijado las posiciones de sus Gobiernos sobre este asunto. Los representantes de los Gobiernos del
Reino Unido y de Venezuela me han autorizado para informar a la Comisión que, como resultado de las conversaciones que han sostenido en los últimos días a propósito de la cuestíón de límites entre Venezuela y la Guayana Brítanica, han convenido, actuando el primero de los Gobiernos nombrados en completo acuerdo con el de la Guayana Británica, en que los tres Gobiernos examinarán la documentación en poder de todas las partes y relativa a este asunto. Con este propósito, procederán a hacer los arreglos necesarios por la vía diplomática.
Tengo la certeza de que interpreto el sentir de la Comisión al decir que, en vista de la posibilidad de discusiones directas entre las partes interesadas, no debemos continuar este debate. Creo asimismo que la Comisión deseará que la Presidencia exprese la esperanza de que el procedimiento acordado entre las partes interesadas tendrá resultados fructíferos.
Tengo entendido que las partes interesadas informarán a las Naciones Unidas sobre los resultados de estas conversaciones.

El Territorio Esequibo, Zona en Reclamación

  1. Ubicación Geográfica
  2. División Político Territorial
  3. Aspectos Físicos Naturales
  4. Recursos Naturales
  5. Población

"... el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana a través de la línea del río Esequibo, tomado éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Oceáno Atlántico."

Nota de Reconocimiento al Nuevo Estado de Guyana
Caracas, 26 de mayo de 1966



maps

Los Buenos Oficios y la Contorversia Territorial
"Intento de uno o más Gobiernos Americanos, no partes de la controversia, o de uno o más eminentes ciudadanos de cualquier Estado Americano, no parte de la controversia, por reunir las Partes, de una manera que ellas mismas alcancen una solución adecuada entre ellas mismas."Pacto de Bogotá, Solución Pacífica de las Controversias 30-abril-1948

Este método de asistencia, seleccionado por el Secretario General de O.N.U., y aceptado por los Gobiernos de Venezuela y Guyana ha sido el resultado de un largo proceso de negociación. Vencido el Protocolo de Puerto España, Venezuela propuso a Guyana la negociación directa; la cual no aceptó y planteó, en un principio, el arreglo judicial; y más tarde propuso tres instancias para la selección de los medios de solución (Asamblea General de la O.N.U., Consejo de Seguridad o Corte Internacional de Justicia); lo cual Venezuela no aceptó y propuso la instancia del Secretario General de la O.N.U., como lo prescribe expresamente el Acuerdo de Ginebra, siendo aceptada por Guyana el 28MAR1983.
El 31MAR1983 se oficializó la intervención del Secretario General, quien designó a Diego Cordovez como su representante personal, el cual visitó Caracas los días 21-24AGO1983 y posteriormente a Guyana. Luego de varias reuniones e intercambios, a nivel de cancilleres y de representantes, el Representante Diego Cordovez presentó una propuesta oficiosa (20-22MAR1985), consistente de una Comisión Mixta de cinco miembros. La cual luego de ser sometida a un período de análisis y consulta resultó no conveniente a los intereses nacionales.
Durante la reunión en Nueva York (SEP1985) el Ministro Consalvi expuso al Ministro Jackson sus reservas a la propuesta Cordovez y adelantó la fórmula de Buenos Oficios, la cual consistiría en la designación de una personalidad, en consulta con las partes, a fin de asistirlas en el abordaje de los asuntos controversiales. También, en reunión separada, Diego Cordovez entregó la versión 2 de su propuesta, la cual fue nuevamente modificada hacia una versión 3, presentada con un Aide – Memoire de la O.N.U. a las Partes en JUL1986, el cual, en términos generales se refería al establecimiento de un Grupo de Contacto para el arreglo de la controversia, formada por cinco miembros. Cada gobierno designaría dos miembros, uno de su nacionalidad, y el otro debía tener nacionalidad diferente. Los cuatro miembros escogerían el quinto miembro, quien sería el presidente del Grupo de Contacto; pero la nacionalidad debía ser diferente a la de los otros cuatro miembros seleccionados. El Grupo de Contacto adoptaría sus decisiones por consenso y su propósito sería lograr una solución aceptable y definitiva; podría presentar informes parciales al Secretario General, y al final de su trabajo presentaría el Informe definitivo al Secretario General.
A pesar de su mejoramiento, esta propuesta fue considerada como inflexible y cargada de mucho formalismo, además que limitaba las posibilidades de contacto directo entre los Gobiernos de Venezuela y de Guyana. Luego de varias reuniones entre los cancilleres y enviados especiales, el Ministro Consalvi, de visita en Georgetown (12MAR1987), planteó al Presidente Hoyte la conveniencia del método de los Buenos Oficios, quien respondió no tener objeción al respecto; pero debía analizarlo con mayor detenimiento y en mayor profundidad.
En las conversaciones sostenidas por ambos Presidentes en Caracas (24-28MAR1987), se convino en: 

"... sugerir al Secretario General de la O.N.U. que proponga una fórmula de Buenos Oficios, elaborada por él mismo. Ambos gobiernos consideran que los referidos Buenos Oficios debían ser confiados a una persona escogida por el Secretario General." 
Docprte-109, 27ENE1999
Fue así como el 06ABR1987 los Jefes de Misión de Venezuela y Guyana ante la O.N.U. participaron al Secretario General la disposición de ambos países de aceptar el método de los Buenos Oficios.

Las conversaciones continuaron a nivel de cancilleres y otros representantes; además de cuatro reuniones presidenciales: Georgetown (16-18NOV1987), Kavanayen (19AGO1988), Caracas (02FEB1989) y Puerto Ordaz (08NOV1989); siendo designado por el Secretario General de la O.N.U., el ilustre granadino Alister McIntyre como Buen Oficiante el 11NOV1989. El 28ABR1990, los Ministros Consalvi y Jackson, analizaron el método de los Buenos Oficios y acordaron instrumentar el mecanismo de los facilitadores, flexible y discreto, al margen de los canales oficiales y formales, que permita discutir y explorar parámetros  de solución sin la rigidez de los compromisos diplomáticos. La primera reunión de los facilitadores tuvo lugar en Nueva York el 13AGO1990. Hasta el 24OCT1998 se han realizado 21 reuniones entre los facilitadores y el Buen Oficiante; además, el Buen Oficiante ha visitado Venezuela y entrevistado con las autoridades venezolanas en seis oportunidades; siendo la última el 15MAR1999.
Es oportuno señalar que a nivel de las Naciones Unidas, del Movimiento de Países No Alineados, de la Asociación de Estados del Caribe, del CARICOM y en sus relaciones bilaterales, los dos Gobiernos han expresado satisfacción con el método de los Buenos Oficios, aspecto que fue reiterado el 15MAR1999, durante la visita a Venezuela del Buen Oficiante Alister McIntyre. Sin embargo resulta necesario que esas manifestaciones sean complementadas con otras iniciativas de carácter diplomático que reafirmen la voluntad de ambos países para avanzar en la solución de la controversia territorial. En este contexto cobra relevancia la preservación ambiental, la presencia de empresas multinacionales en la explotación indiscriminada de recursos y la migración guyanesa.

Información de la pagina MPPRE (Ministerio del Poder Popular para la Relaciones Exteriores de la República Bolivariana de Venezuela)

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